Tu empresa no te ha pagado: esto es lo que tienes que saber #
Los salarios impagados son el incumplimiento más habitual y, paradójicamente, el menos reclamado. Mucha gente aguanta meses por miedo a “buscarse problemas” o porque cree que la cantidad no compensa el esfuerzo. Es un error: en la mayoría de los casos la reclamación se resuelve en pocos meses, sin coste si trabajamos a éxito, y con un recargo legal del 10% anual que la propia empresa debe pagar por la mora.
En Abogado Laboral Sevilla llevamos reclamaciones de salarios cada semana en los Juzgados de lo Social de Sevilla. La primera consulta es gratuita y, en estos casos, muchas veces ni siquiera llegamos a juicio: la empresa paga en conciliación previa.
Qué se puede reclamar #
Salarios atrasados y nóminas impagadas #
Mensualidades completas no abonadas, retrasos sistemáticos, pagos parciales. Reclamamos las cantidades adeudadas más el recargo del 10% por mora del artículo 29.3 ET.
Horas extraordinarias #
Horas trabajadas por encima de la jornada pactada, no compensadas con descanso ni pagadas. El registro horario obligatorio desde 2019 facilita mucho la prueba; si la empresa no lo lleva, se presume el trabajo en exceso.
Finiquitos mal liquidados #
Vacaciones no disfrutadas y no pagadas, prorrata de pagas extraordinarias, días pendientes, indemnización por fin de contrato. El finiquito se firma “a reserva de liquidación” o no se firma — la firma sin reservas no impide reclamar lo legalmente debido.
Atrasos de convenio #
Cuando un convenio colectivo se aprueba con efectos retroactivos (lo habitual tras una negociación larga), generan atrasos de meses o años que muchas empresas no abonan automáticamente.
Complementos del puesto y mal encuadre profesional #
Plus de toxicidad, peligrosidad, nocturnidad, transporte, antigüedad mal calculada, categoría inferior a las funciones reales (mal encuadre). Si haces el trabajo de un categoría superior, te corresponde el salario de esa categoría.
Comisiones y bonus impagados #
Variables pactados en contrato o de hecho que la empresa no abona. La carga de la prueba sobre los criterios de devengo recae sobre la empresa.
Cómo trabajamos una reclamación de salarios #
- Primera consulta gratuita. Revisamos contrato, nóminas, convenio aplicable y registro horario. Te decimos qué cantidad tienes derecho a reclamar y con qué probabilidad.
- Hoja de encargo por escrito con honorarios cerrados o cuota litis sobre lo recuperado.
- Reclamación extrajudicial por escrito a la empresa (interrumpe la prescripción y muchas veces basta para cobrar).
- Papeleta de conciliación en el SMAC. La mayoría de empresas paga en este punto para evitar el juicio.
- Demanda al Juzgado de lo Social por reclamación de cantidad. Procedimiento ágil, juicios entre 3 y 9 meses según juzgado.
- Sentencia y ejecución. Si la empresa no paga, ejecutamos: embargo de cuentas, vehículos, créditos contra terceros. Si la empresa es insolvente, FOGASA.
Plazos importantes #
- Reclamación de cantidad: 1 año desde el momento en que cada cantidad debió pagarse (plazo de prescripción).
- Recargo del 10% por mora: aplicable automáticamente desde el día siguiente al impago.
- FOGASA en caso de insolvencia o concurso: 1 año desde la declaración o el auto de insolvencia.
- Despido tras reclamar salarios: si la empresa te despide después de haber reclamado, el despido puede ser nulo por garantía de indemnidad (20 días para reclamarlo).
Casos en los que somos especialistas #
- Salarios impagados de varios meses con riesgo de cierre de la empresa.
- Reclamación de horas extra estructurales no compensadas (sectores: hostelería, comercio, sanidad privada).
- Finiquitos mal liquidados tras despido o fin de contrato.
- Reclamación de atrasos por convenio publicado con retroactividad.
- Mal encuadre profesional y reconocimiento de categoría superior.
- Reclamaciones colectivas de varios trabajadores de la misma empresa.
- FOGASA tras concurso o insolvencia empresarial.
Atendemos toda la provincia y Andalucía #
Despachamos en Sevilla capital y atendemos los partidos judiciales de Dos Hermanas, Alcalá de Guadaíra, Mairena del Aljarafe, Utrera, Écija, Lebrija, Carmona, Marchena y resto de Andalucía. Si tu juicio se celebra en otro Juzgado de lo Social andaluz, nosotros vamos.
¿Tu empresa no te paga lo que te debe? No esperes a que la situación empeore. La primera consulta es gratuita y los plazos de prescripción corren cada día. Reserva tu consulta ahora o llámanos al +34 633 48 40 97.