Me han denegado la incapacidad permanente: pasos para reclamar

Reclamación previa al INSS, demanda al Juzgado de lo Social y plazos clave. Gana en juicio lo que el tribunal médico te negó.

📅 8 de abril de 2026

Reclamar incapacidad permanente denegada

Si el INSS te ha denegado la incapacidad permanente, no te rindas. Una buena parte de los reconocimientos se obtienen en juicio, no en la valoración inicial del Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI). Estos son los pasos.

Paso 1 — Lee la resolución denegatoria #

La resolución del INSS te explica:

  • El grado solicitado (parcial / total / absoluta / GI) y el grado denegado o inferior reconocido.
  • Los diagnósticos valorados.
  • Las limitaciones funcionales que el EVI ha reconocido (o, normalmente, no reconocido).
  • El plazo y vía de recurso.

Llévate una copia y entrégasela a tu abogado.

Paso 2 — Reclamación previa (obligatoria) #

Antes de demandar, debes presentar reclamación previa ante el propio INSS. Características:

  • Plazo: 30 días hábiles desde la notificación de la resolución.
  • Es un trámite obligatorio: sin reclamación previa, la demanda judicial es inadmisible.
  • Se presenta por escrito en cualquier oficina del INSS o por sede electrónica.
  • El INSS tiene 45 días para resolver. Pasado ese plazo, silencio negativo y queda expedita la vía judicial.

Paso 3 — Demanda al Juzgado de lo Social #

Si la reclamación previa se desestima (o vence el plazo de 45 días):

  • Plazo: 30 días hábiles desde la notificación o desde el silencio.
  • Demanda al Juzgado de lo Social del domicilio del trabajador.
  • Acompañar toda la prueba documental (informes médicos, vida laboral, parte de IT, alta).
  • Solicitar prueba pericial médica (perito propio).

Paso 4 — Acto de conciliación #

Algunos juzgados convocan acto de conciliación previo (15-30 días). El INSS rara vez transige. Pasamos a juicio.

Paso 5 — Juicio #

  • Se celebra entre 3 y 9 meses tras la demanda en los Juzgados de lo Social de Sevilla.
  • Prueba estrella: informe del perito médico que defiende tus limitaciones.
  • También se aporta historia clínica, partes de IT, informes hospitalarios, valoraciones del INSS.
  • El juez puede pedir un médico forense para contraste.

Paso 6 — Sentencia #

  • Se dicta entre 4 y 6 semanas tras el juicio.
  • Si es estimatoria, te reconoce el grado solicitado con efectos desde la fecha del hecho causante.
  • Cobras atrasos desde esa fecha.
  • El INSS o tú podéis recurrir en suplicación ante el TSJ Andalucía.

Cómo aumentar tus posibilidades de ganar #

Aporta informes médicos especializados #

No basta con la historia del médico de cabecera. Aporta informes del especialista correspondiente (traumatólogo, psiquiatra, cardiólogo, oncólogo…) describiendo limitaciones funcionales, no solo diagnósticos.

Contrata un perito médico #

Un perito médico colaborador del despacho hace un informe pericial que contrasta el del EVI y aporta una valoración técnica específica. Es la prueba más potente en juicio.

Documenta tu profesión real #

Aporta descripción detallada del puesto de trabajo y de las tareas habituales. La incapacidad total se valora frente a la profesión habitual: si trabajas como soldador, tus limitaciones para esa profesión son determinantes.

Aporta partes de IT cronológicos #

Las prolongaciones de la incapacidad temporal por la misma patología refuerzan que la dolencia es incompatible con el trabajo habitual.

Trabaja a cuota litis #

En estos casos solemos trabajar a éxito: no pagas nada si no se reconoce. Cobramos un porcentaje sobre los atrasos y las primeras mensualidades de la pensión.

Conclusión #

El INSS deniega muchas incapacidades en primera instancia con criterios muy restrictivos. Una buena estrategia probatoria y un perito médico cualificado dan la vuelta a la mayoría de denegaciones por patologías de columna, salud mental, oncológicas y reumáticas.

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